Administración electrónica
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público vienen a configurar un escenario en el que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las Administraciones en sus múltiples vertientes de gestión interna, de relación con los ciudadanos y de relación de aquellas entre sí.
Para el cumplimiento de estas nuevas obligaciones, la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Administración Digital, pone a disposición de las diferentes administraciones públicas las siguientes herramientas.
| Es una plataforma común para la identificación, autenticación y firma electrónica mediante el uso de claves concertadas y de certificados electrónicos centralizados. |
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IDENTIDAD DIGITAL Y FIRMA ELECTRÓNICA
REGISTROS Y REPRESENTACIÓN DEL CIUDADANO
ATENCIÓN AL CIUDADANO